Vinculación con Terceros
1. La relación con terceros se instrumentará mediante la celebración de Convenios y/o Servicios Tecnológicos de Alto Nivel (STAN) y/o cualquier otro instrumento de vinculación que posea el CONICET.
2. El Consejo Directivo, previo dictamen favorable, elevará al CONICET la propuesta de Convenio para que éste, en representación de la Red, suscriba el Convenio.
3. La RSA suscribirá aquellos Convenios que por resolución del Directorio del CONICET esté autorizado a suscribir.