Antecedentes

Internacionales: La Cumbre Mundial sobre la Alimentación (1974) en el seno de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) proclamó que “todos los hombres, mujeres y niños tienen derecho inalienable a no padecer de hambre y malnutrición a fin de poder desarrollarse plenamente y conservar sus facultades físicas y mentales”.

Continuando esa premisa se celebra en el año 1996 nuevamente una Cumbre Mundial sobre la Alimentación en la sede de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y Agricultura (FAO por sus siglas en Ingles) de Roma, Italia, en la cual se emite la “Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial” y el “Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación”. La Declaración postula “la necesidad de adoptar políticas favorables a la inversión en el desarrollo de los recursos humanos, en la investigación y en infraestructura para conseguir la seguridad alimentaria”. Asimismo establece que “alcanzar una seguridad alimentaría mundial sostenible forma parte de los objetivos de desarrollo social, económico, ambiental y humano”.

Entre los compromisos asumidos se destaca que: a) Las investigaciones sobre agricultura, pesca y silvicultura serán fundamentales para lograr los aumentos sostenibles de la productividad de alimentos de los que dependerá a corto y a largo plazo la seguridad alimentaria de una población mundial en crecimiento (Punto 30); b) Fortalecer los sistemas nacionales de investigación con vistas a elaborar programas coordinados en apoyo de la investigación para fomentar la seguridad alimentaria (Punto 35 objetivo 3.4, apartado a ); Promover sistemas adecuados, entre otros los participantes, para la difusión y divulgación de los resultados de la investigación (Punto 35 objetivo 3.4, apartado e ); Fomentar actividades de investigación y desarrollo que conduzcan a la utilización, a nivel regional, nacional y local, de tecnologías apropiadas, técnicas pertinentes de postcosecha y de transformación, y métodos de mejoramiento genético vegetal y animal adaptados para satisfacer las necesidades locales (Punto 35 objetivo 3.4, apartado h ).

Por su parte, en el año 2000, los líderes del mundo reunidos en Johannesburgo, aprobaron los Objetivos de Desarrollo del Milenio, lo cuales constituyeron la forma de defender los principios de dignidad humana, igualdad y equidad para liberar al mundo de la pobreza. Es así que una de las metas establece “reducir a la mitad la cantidad de personas que padecen hambre”.

La FAO estableció como guía que la seguridad alimentaria existe cuando todas las personas tienen, en todo momento, acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y poder llevar así una vida activa y sana.

Esta definición implica: a) una oferta y disponibilidad de alimentos adecuados; b) la estabilidad de la oferta sin fluctuaciones ni escasez en función de la estación del año; c) el acceso a alimentos o la capacidad para adquirirlos; y d) la buena calidad e inocuidad de los alimentos.

Nacionales: Con la Ley 25.724 “Programa de Nutrición y Alimentación Nacional” reglamentada por el Decreto 1018/2003 “Programa Nacional de Nutrición y Alimentación” y Resolución Ministerial 2040/2003 “Plan Nacional de Seguridad Alimentaria”, el Gobierno Nacional abordó la temática de Seguridad Alimentaria y en el año 2003 implementó el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria (PNSA).

El PNSA postula como deber indelegable del Estado el garantizar el derecho a la alimentación adecuada y suficiente de toda la ciudadanía (conf. art. 1 Ley 25.724 y art. 1 Decreto 1018/2003).

Para el cumplimiento de su misión se designa como Autoridades de Aplicación al Ministerio de Salud y Ministerio de Desarrollo Social, los cuales actuarán de forma conjunta y podrán ser asesorados por entidades científicas, universitarias, asistenciales y eclesiásticas (conf. arts. 3 y 6, Ley 25.724).

Son algunos objetivos irrenunciables del PNSA:
a) la seguridad alimentaria en sus aspectos micro y macro sociales;

b) la calidad e inocuidad de los alimentos; y

c) el sistema de monitoreo permanente del estado nutricional de la población.

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ISSN 2618-2785