Confidencialidad – Publicaciones:
1. El principio general es que toda información y/o documentación que genere la Red será pública, a excepción de una expresa solicitud de confidencialidad por parte del solicitante.
2. Si el solicitante de un asesoramiento científico no se expidiera en un plazo de 60 días corridos, desde el momento en que se elevó el informe, se considerará que tácitamente ha autorizado su divulgación.
3. SEn los informes publicados, entrevistas y presentaciones públicas de la RSA constarán los autores, su pertenencia institucional, así como el hecho de que el trabajo a publicar se origina en la RSA.
4. En tales documentos deberá introducirse una leyenda que establezca claramente que las opiniones expresadas no son necesariamente las de las Instituciones que componen la RSA, ni de sus órganos, oficiales, empleados y agentes.